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Hay normativas que son un auténtico misterio por más cotidianas que sean. Cuando se trata del tráfico, las dudas sobrevuelan y surgen los interrogantes sobre las calles, las zonas oficiales donde poder aparcar o lo que es susceptible de multa.
Una de las incógnitas habituales es si un agente de la autoridad miembro de la Policía o Guardia Civil, tiene potestad para sancionar una infracción, pese a estar en su tiempo libre. El Real Automóvil Club de España (RACE), de acuerdo con la legistación vigente, lo deja claro.
¿Puede un policía o un guardia civil poner una multa fuera de servicio?
La respuesta es contundente: un guardia civil o un policía está obligado o debe denunciar cualquier infracción, tanto si está de servicio como si no (incluso los agentes de movilidad).
Una realidad recogida en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que expone: "deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana". Eso sí, como en todo, hay matices.
Obligado sí, pero con pruebas: esto dice la ley sobre multar fuera de servicio
El peso de dicha denuncia variará si el agente efectúa dicha denuncia en su tiempo libre. Por ejemplo, en el caso de estar en activo, la normativa indica que las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico "tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados". Aunque es necesario que tenga el permiso para sancionar en la materia y calle donde identifique la irregularidad y que, entre sus funciones, esté la vigilancia del tráfico.
En el caso de un guardia civil fuera de servicio, este puede denunciar voluntariamente cualquier infracción que detecte, pero no tendrá un valor probatorio ni una presunción de veracidad (tiene la misma validez que la de cualquier ciudadano de a pie). Esto conlleva, por tanto, la obligatoriedad de aportar una serie de pruebas para demostrar la infracción; además, debe identificarse previamente.
