ESPAÑA
Política

Los letrados del Senado ven "inconstitucional" la proposición del PSOE que busca disolver la Fundación Francisco Franco

Argumentan que se trata de un "régimen excepcional para asociaciones concretas, que se pueden adivinar, y que es configurado arbitrariamente"

Votación en un Pleno en el Senado, el pasado octubre.
Votación en un Pleno en el Senado, el pasado octubre.Javier Barbancho
Actualizado

La proposición de ley Reguladora del Derecho de Asociación, uno de cuyos objetivos principales es el de prohibir la Fundación Francisco Franco, es inconstitucional, según el informe emitido por la letrada mayor del Senado una vez que la iniciativa ha sido remitida por el Congreso a la Cámara Alta. Pese a ello, el PP, que domina la Mesa de la Cámara, votará a favor de su tramitación para evitar incurrir en prevaricación, dejando así que sea el Pleno el que en su caso vete la propuesta.

La proposición de ley del PSOE contempla, tal y como se establece en la ley de Memoria Democrática, la disolución de las asociaciones que entre sus fines incluyan "la apología del franquismo, que ensalcen el golpe de Estado y la dictadura, enaltezcan a sus dirigentes con menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra o del franquismo, o inciten directa o indirectamente al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales". Esta es, por tanto una nueva causa de disolución que se añade a las ya contempladas en la legislación penal y civil.

El informe letrado insiste en que constitucionalmente, la suspensión cautelar y la disolución de asociaciones sólo cabe en virtud de resolución judicial y se añade que en la proposición de ley se quiere definir como causa de extinción un tipo de apología que no constituya delito pese a que el Código Penal establece que la apología "sólo será delictiva como forma de provocación y su por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito".

En este sentido, los juristas del Senado se preguntan "¿cuál es el criterio para decidir que una apología es sancionable y otras no y quién lo decide?". Consideran que de aprobarse la proposición de ley "existirían dos regímenes de disolución, el general y uno excepcional que se refiere a asociaciones ad hoc, concretas, que se pueden adivinar y que es configurado arbitrariamente".

El informe incide en el particularismo de la propuesta puesto que en la misma no se hace referencia alguna a "otros regímenes autoritarios (nacional socialismo, estalinismo u otros contemporáneos), y no se configura este tipo de apología como ilícito penal". Y ello, apuntan, "entra en colisión con el núcleo esencial del derecho de asociación en relación con el principio de igualdad".

La proposición de ley, afirman, "amplía el número de asociaciones que deben resultar prohibidas respecto de las establecidas por la Constitución y, en consecuencia, está restringiendo en esta misma medida el ámbito protegido del derecho de asociación". Por tanto, explica el informe, "constituye una disposición sancionadora que no cumple con los requisitos del derecho a la legalidad contenidos en el artículo 25 de la Constitución".

Para la letrada mayor del Senado, "cuando el legislador quiere restringir un derecho fundamental, como es el de asociación, debe mostrar un interés constitucional relevante y procurar que no resulte dañado el principio de proporcionalidad". En este sentido, concluye, la proposición vulnera los artículos 22 (derecho de asociación), 14 (principio de igualdad), 16 (libertad de profesar la propia ideología) y 20 (libertad de expresión). Además, finaliza el informe, la propuesta "puede constituir una causa de disolución de partidos políticos al margen de la ley Orgánica de Partidos, que sí prevé un régimen especial, que cumple con todas las garantías constitucionales y que ha sido avalado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional".